Las secuelas de vacuna del COVID-19 son accidente laboral según una sentencia reciente
El Juzgado de lo Social nº 3 de Burgos ha dictado en una sentencia que los efectos adversos sufridos por una maestra de Primaria tras ponerse la vacuna Pfizer deben ser catalogados como accidente laboral y no como enfermedad común. Te lo detallamos en este artículo.
Redactado por Espacio Pymes
Esta sentencia revoca una decisión de primera instancia y abre una nueva vía para la reclamación de derechos de trabajadores afectados por secuelas tras la vacunación del COVID-19 masiva.
No puede ser enfermedad común sino accidente laboral
En este caso, concierne a una profesora que, en cumplimiento del mandato de la Junta de Castilla y León, se vacunó en marzo y agosto de 2021. Tras las dosis, la docente experimentó una serie de síntomas debilitantes que incluyeron «síntomas sensitivos en las piernas que le imposibilitaron la conducción, fiebre, astenia y dolor en un brazo». La sentencia subraya que estas dolencias «son causa exclusiva de los efectos adversos de la vacunación administrada dentro de un protocolo de actuación público por ser profesora de educación primaria» y que «surgieron tras la vacunación careciendo de antecedentes médicos de interés».
La clave de este reconocimiento radica en la argumentación del abogado defensor de la trabajadora. Frances Feliu considera que lo destacado de su argumento es el «elemento de laboralidad» intrínseco en el acto de vacunación. Según el letrado, el plan estratégico de vacunación de diciembre de 2020 establecía grupos preferentes y un orden de vacunación, colocando a la maestra como «trabajadora esencial» con una «exigencia ética y legal de proteger el derecho a la educación de los niños y adolescentes».
Además, Feliu argumentó que la vacunación se enmarca en la categoría de «actos de salvamento». La campaña de vacunación en su conjunto, impulsada por el Estado, buscaba la protección de la población, especialmente de sectores clave como el educativo, bajo los principios de solidaridad y reciprocidad que también contempla el plan estratégico. Para el abogado, no se trata de una elección personal, sino de una acción enmarcada en el cumplimiento de un deber profesional y social.
La sentencia podría ser recurrida
Aunque la sentencia aún no es firme y podría ser recurrida, el despacho de Frances Feliu ya maneja cerca de 70 casos similares de personal esencial –incluyendo policías, militares, sanitarios y bomberos– que buscan el mismo reconocimiento. Feliu ha manifestado su disposición a llegar al Supremo si fuera necesario, consciente de que «el futuro de estas patologías es incierto» y la necesidad de establecer un precedente legal sólido .

Este fallo del Juzgado de lo Social nº 3 de Burgos, abre una puerta a la justicia para numerosos profesionales que, al cumplir con su deber, sufrieron las inesperadas secuelas de una pandemia sin precedentes. Si quieres estar al día de toda la información te recomendamos contar con el Análisis de Novedades ADN Social que te permite conocer la actualidad con diferentes niveles de profundidad y enfoques para saber cómo afectan estas novedades a tus clientes.
Fuente: Abogacía