Resolución de 2 de octubre de 2025, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, por la que se da publicidad a las bases del concurso ordinario del año 2025 y a las convocatorias específicas para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, acordadas por las Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid.

BOCM 248/2025 de 17 de Octubre de 2025

Con esta resolución se publica la convocatoria de concurso ordinario del año 2025, así como las bases específicas de las corporaciones locales de la Comunidad de Madrid, para la provisión de puestos vacantes en cada entidad local reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Establece las bases comunes por las cuales deben regirse los concursos (las del anexo del RD 128/2018) y los méritos de determinación autonómica, que son los que se establecen en la Resolución de 1 de abril de 1996.

El plazo para presentar solicitudes no comienza a computar con la publicación de esta resolución sino con la publicación que debe efectuarse por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública de un extracto de las convocatorias en el BOE.

El artículo 92 bis.6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, adicionado en virtud del apartado veinticinco del artículo primero de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, regula los sistemas de provisión definitiva de los puestos de trabajo reservados a la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

En lo que se refiere a la provisión de los puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, el artículo 92 bis. 6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, regula dos concursos anuales: el concurso ordinario y el concurso unitario. Mientras que el concurso unitario corresponde convocarlo a la Administración del Estado, en el ordinario son las Corporaciones locales con puestos vacantes quienes aprueban las bases del concurso, de acuerdo con el modelo de convocatoria y bases comunes que se aprueban reglamentariamente. Las Corporaciones locales deben efectuar las convocatorias y remitirlas a la Comunidad Autónoma para su publicación simultánea en los diarios oficiales.

El desarrollo reglamentario previsto en el artículo 92 bis.6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se produce con la aprobación del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y es el capítulo IV del título II donde se regula la provisión por concurso de méritos de puestos de trabajo reservados a estos funcionarios.

De acuerdo con el artículo 29, apartados 1 y 2, la provisión de puestos de trabajo vacantes, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se efectuará mediante concurso ordinario de méritos, convocados, con carácter anual, por los Presidentes de las Corporaciones Locales y publicados, simultáneamente, por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, con arreglo a las previsiones contenidas en el Real Decreto.

Las bases de las respectivas convocatorias deben contener las indicaciones señaladas en el artículo 35 y son aprobadas por el Alcalde o Presidente de la Corporación respectiva. Estas bases contienen las indicaciones acerca de la clase a la que pertenecen los puestos convocados, subescala y categoría a que están reservados, nivel de complemento de destino, complemento específico, características especiales, determinación, en su caso, de los méritos específicos y forma de acreditación y valoración de éstos, así como composición del tribunal calificador y, en su caso, previsión de entrevista.

Para la valoración de los méritos, el Real Decreto diferencia, entre los méritos generales determinados por la Administración del Estado y con una puntuación de hasta el 80% del total posible conforme al baremo correspondiente. Los méritos correspondientes a las especialidades de la Comunidad Autónoma se fijarán por cada una de ellas y su puntuación podrá alcanzar hasta un 15 por 100 del total posible. Los méritos específicos se fijarán por cada Corporación Local y su puntuación alcanzará hasta un 5 por 100 del total posible.

En la Comunidad de Madrid, los méritos autonómicos se encuentran regulados en la Resolución de 1 de abril de 1996, del Director General de Administración Local, por la que se regulan los méritos de determinación autonómica de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 91, de 17 de abril de 1996).

Han sido convocados por las respectivas Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid, los concursos ordinarios de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y por las contenidas en Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

Considerando que, esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el 13.4.k) del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local,

RESUELVE

Primero.

Dar publicidad, a las convocatorias del concurso ordinario 2025, para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, vacantes en las entidades locales de la Comunidad de Madrid y que se relacionan en el anexo I, y de las bases específicas aprobadas por las respectivas corporaciones para cada puesto, en los términos que figuran en el anexo II.

Segundo.

Los méritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organización territorial, régimen económico y fiscal y normativa de la Comunidad Autónoma de Madrid, son los previstos en la Resolución de 1 de abril de 1996, del Director General de Administración Local, por la que se regulan los méritos de determinación autonómica de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de abril de 1996).

Tercero.

Las bases comunes por las cuales deben regirse los citados concursos son las que recogen en el anexo del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

Cuarto.

Esta publicación, en cumplimiento de la normativa de aplicación, se realiza a los exclusivos efectos de publicidad, y no supone la apertura del plazo de presentación de solicitudes. El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública dispondrá la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” de un extracto de todas las convocatorias, que servirá de base para el cómputo de plazos, pudiendo salvarse en dicho trámite cualquier error u omisión producidos, de conformidad con el artículo 37, párrafo tercero, del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

Madrid, a 2 de octubre de 2025.—El Director General de Reequilibrio Territorial, Javier Carazo Gil.

RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO QUE SE OFERTAN EN EL CONCURSO ORDINARIO 2025, EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Director General de Contabilidad y Presupuestos, clase primera:

— Las Rozas de Madrid.

Intervención, clase primera:

— Humanes de Madrid.

Tesorería:

— Humanes de Madrid.

— Sevilla la Nueva.

— Soto del Real.

Intervención, clase segunda:

— Sevilla la Nueva.

Secretaría, clase segunda:

— Villalbilla.

Agrupación de Secretaría, clase tercera:

— Gascones-La Serna del Monte:

Vicesecretaría Intervención, clase tercera:

— Soto del Real.

BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁN LOS CONCURSOS PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS A FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL

1.
Entidad local: Las Rozas de Madrid

Puesto de trabajo: Director General de Contabilidad y Presupuestos.

Subescala/Categoría: Intervención-Tesorería/Superior.

NCD/Complemento específico: 30/54.380,62 euros/anual.

Méritos específicos:

Atendidas las normas contenidas en el artículo 34 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en la Orden TFP/153/2021, de 16 de febrero, por la que se regula la valoración de los méritos generales del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, así como en el artículo 92.bis.6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con los requisitos que se estima conveniente han de reunir los aspirantes que finalmente accedan a los puestos cuya provisión se convoca y las necesidades propias de este Ayuntamiento, se concreta del siguiente modo:

Experiencia profesional:

Por servicios en puestos de Titular del Órgano de Contabilidad y Presupuestos de municipios acogidos al régimen de Gran Población, 0,25 puntos por año con un máximo de 1 punto.

Formación:

Por haber asistido con aprovechamiento a cursos de Administración Digital, Innovación, Inteligencia Artificial, uso de datos en la Administración, organizados por centros públicos de formación (INAP, Universidades, Comunidades Autónomas, Diputaciones Provinciales): 0,10 por cada curso, con un máximo de 0,50 puntos.

Acreditación de los méritos:

— Los méritos relativos a la experiencia profesional se acreditarán mediante certificación expedida por la Entidad Local respectiva en las que se hayan prestado los servicios.

— Los méritos relativos a la formación se acreditarán mediante certificación del Organismo Oficial correspondiente.

Entrevista:

El Tribunal podrá celebrar entrevista con el concursante o concursantes que considere conveniente, para la concreción de los méritos específicos o de determinación autonómica.

Para la celebración de la entrevista, el Tribunal notificará a los afectados con al menos seis días de antelación, la fecha, hora y lugar de celebración.

Tribunal:

Presidente/a:

— Presidente: Fernando Álvarez Rodríguez, funcionario de carrera de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, Categoría superior.

Suplente: José Luis Cruza, funcionario de carrera de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, Categoría superior.

Vocales:

— Primer vocal: Antonio Díaz Calvo, funcionario de carrera de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría, Categoría superior.

Suplente: Andrés Jaramillo Martín, funcionario de carrera de la Escala de Administración General, subescala Técnica.

— Segundo vocal: Laura Morato Villar, funcionaria de carrera de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, Categoría entrada

Suplente: Carlos Corrales Hernández, funcionario de carrera de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, Categoría superior.

Secretario/a:

— Antonio Díaz Calvo, funcionario de carrera de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría, Categoría superior.

Suplente: Andrés Jaramillo Martín, funcionario de carrera de la Escala de Administración General, subescala Técnica.

2.
Entidad local: Humanes de Madrid

Puesto de trabajo: Intervención, clase 1.a.

Subescala/categoría: Intervención-Tesorería/Superior.

NCD/Complemento específico: 30/22.513,82 euros/anual.

Méritos específicos: no se requieren.

Tribunal:

Presidente/a:

— Dña. Cristina Moro Sanjuán. Funcionaria de carrera de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría, Categoría entrada.

Suplente: D. Eliseo Lledó Durá. de carrera de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría, Categoría entrada.

Vocales:

— Primer vocal: D. Álvaro Fernández Rodríguez-Arango. Funcionario, T.S.A.G. Grupo A1.

Suplente: D. Emilio Rodríguez Clarambo. Funcionario, T.S.A.G. Grupo A1.

— Segundo vocal: D. Javier Escalona Moyano. Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, Categoría superior.

Suplente: Dña. Beatriz Rueda Ruesca. Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, Categoría entrada.

Secretario/a:

— D. Álvaro Fernández Rodríguez-Arango. Funcionario, T.S.A.G. Grupo A1.

Suplente: D. Emilio Rodríguez Clarambo. Funcionario, T.S.A.G. Grupo A1.

3.
Entidad local: Humanes de Madrid

Puesto de trabajo: Tesorería.

Subescala/Categoría: Intervención–Tesorería.

NCD/Complemento específico: 30/22.513,82 euros/anual.

Méritos específicos: no se requieren.

Tribunal:

Presidente/a:

— Dña. Cristina Moro Sanjuán. Funcionaria de carrera de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría, Categoría entrada.

Suplente: D. Eliseo Lledó Durá. de carrera de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría, Categoría entrada.

Vocales:

— Primer vocal: D. Álvaro Fernández Rodríguez-Arango. Funcionario, T.S.A.G. Grupo A1.

Suplente: D. Emilio Rodríguez Clarambo. Funcionario, T.S.A.G. Grupo A1.

— Segundo vocal: D. Javier Escalona Moyano. Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, Categoría superior.

Suplente: Dña. Beatriz Rueda Ruesca. Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, Categoría entrada.

Secretario/a:

— D. Álvaro Fernández Rodríguez-Arango. Funcionario, T.S.A.G. Grupo A1.

Suplente: D. Emilio Rodríguez Clarambo. Funcionario, T.S.A.G. Grupo A1.

4.
Entidad local: Sevilla la Nueva

Puesto de trabajo: Intervención.

Subescala/Categoría: Intervención-Tesorería/Entrada.

NCD/Complemento específico: 26/3.074,85 euros/mes.

Méritos específicos: no se requieren.

Tribunal:

Presidente/a:

— Dña. María del Carmen Ferriz Gómez. Técnico de Administración General del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva.

Vocales:

— Primer vocal: Don Juan Andrés Gil Martín. Funcionario de Administración Local con Habilitación de carácter nacional, subescala Intervención-Tesorería, Categoría Superior.

— Segundo vocal: Dña. María del Olmo Lozano. Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Subescala Secretaría-Intervención.

Secretario/a:

— Dña. María del Olmo Lozano. Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Subescala Secretaría-Intervención.

5.
Entidad local: Sevilla la Nueva

Puesto de trabajo: Tesorería.

Subescala/Categoría: Intervención-Tesorería.

NCD/Complemento específico: 26/3.074,85 euros/mes.

Méritos específicos: no se requieren.

Tribunal:

Presidente/a:

— Dña. María del Carmen Ferriz Gómez. Técnico de Administración General del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva.

Vocales:

— Primer vocal: don Juan Andrés Gil Martín. Funcionario de Administración Local con Habilitación de carácter nacional, subescala Intervención-Tesorería, Categoría Superior.

— Segundo vocal: Dña. María del Olmo Lozano. Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Subescala Secretaría-Intervención.

Secretario/a:

— Dña. María del Olmo Lozano. Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Subescala Secretaría-Intervención.

6.
Entidad local: Soto del Real

Puesto de trabajo: Tesorería.

Subescala/Categoría: Intervención-Tesorería.

NCD/Complemento específico: 28/34.030,41 euros/anual.

Méritos específicos: no se requieren.

Entrevista:

El Tribunal podrá celebrar entrevista con el concursante o concursantes que considere conveniente, para la concreción de los méritos específicos o de determinación autonómica. Para la celebración de la entrevista, el Tribunal notificará a los afectados con al menos seis días de antelación, la fecha, hora y lugar de celebración.

Tribunal:

Presidente/a:

— Dña. Marta Martínez Gordillo. Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Subescala Intervención-Tesorería, Categoría entrada.

Vocales:

— Primer vocal: Itziar Fernández Arregui. Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Subescala Intervención-Tesorería, Categoría entrada.

— Segundo vocal: Fernando Pérez Urizarna. Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Subescala Secretaría-Intervención.

Secretario/a:

— Fernando Pérez Urizarna. Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Subescala Secretaría-Intervención.

7.
Entidad local: Soto del Real

Puesto de Trabajo: Vicesecretaría–Intervención, clase 3.a.

Subescala/Categoría: Secretaría-Intervención.

NCD/Complemento específico: 26/27.343,77 euros/anuales.

Méritos específicos: no se requieren.

Entrevista:

El Tribunal podrá celebrar entrevista con el concursante o concursantes que considere conveniente, para la concreción de los méritos específicos o de determinación autonómica. Para la celebración de la entrevista, el Tribunal notificará a los afectados con al menos seis días de antelación, la fecha, hora y lugar de celebración.

Tribunal:

Presidente/a:

— Dña. Marta Martínez Gordillo. Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Subescala Intervención-Tesorería, Categoría entrada.

Vocales:

— Primer vocal: Itziar Fernández Arregui. Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Subescala Intervención-Tesorería, Categoría entrada.

— Segundo vocal: Fernando Pérez Urizarna. Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Subescala Secretaría-Intervención.

Secretario/a:

— Fernando Pérez Urizarna. Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Subescala Secretaría–Intervención.

8.
Entidad local: Villalbilla

Puesto de trabajo: Secretaría.

Subescala/Categoría: Secretaría/Entrada.

NCD/Complemento específico: 30/54.944,82 euros/mensuales.

Méritos específicos:

Atendidas las normas contenidas en el artículo 34 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en la Orden TFP/153/2021, de 16 de febrero, por la que se regula la valoración de los méritos generales del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, así como en el artículo 92.bis.6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con los requisitos que se estima conveniente han de reunir los aspirantes que finalmente accedan a los puestos cuya provisión se convoca y las necesidades propias de este Ayuntamiento, ponderadas en función de las características del municipio y la organización del trabajo, se expone:

Considerando que según consta en el Informe número 77/2024, emitido por el Arquitecto municipal con fecha 22 de febrero de 2024, se pone de manifiesto que en el municipio de Villalbilla existe una acción urbanística superior a la normal que se refleja en el incremento de viviendas en el municipio, obtenido del examen y recuento de las licencias de primera ocupación hasta el 2023, lo cual tiene su correspondencia en el aumento de población censada en el municipio como primera residencia, pasando de los 3.586 habitantes del año 1996 a las 16.828 personas censadas en enero 2023, de 18.015 habitantes en el mes de enero de 2024, un 7,05 por 100 más respecto al año previo, evaluado en una media de 3 habitantes por vivienda resultaría un incremento en el año 2024 de 741 habitantes censados, pudiendo interpolar en los próximos años un incremento similar, y que el incremento de población se mantendrá para el 2025 y 2026 conforme a las licencias de obra solicitadas para la construcción de viviendas en el año 2024, atendiendo al número de viviendas objeto de las licencias, será del mismo orden el incremento de habitantes del 7 por 100 aproximadamente, siendo previsible que se superen los 20.000 habitantes de derecho en el próximo año. Estas circunstancias ponen sobradamente de manifiesto la relevante importancia que en el desarrollo del municipio tiene acción de la planificación y gestión urbanística.

Por todo ello se determinan los siguientes méritos específicos, hasta un máximo de 1,5 puntos:

Experiencia profesional:

Se valorarán, hasta un máximo de 1,50 puntos, las funciones prestadas en el ámbito del planeamiento y la gestión urbanística en municipios de clase 2.o con población comprendida entre 19.000 habitantes y 22.000 habitantes como secretario/a con nombramiento definitivo, en la subescala de secretaria categoría de entrada, a razón de 0,25 puntos por mes de servicio. No se tendrá en cuenta los servicios prestados en puestos de colaboración y/o los prestados en municipios que no se encontrasen clasificados en clase 2.o en el momento en el que se prestaron los servicios.

Acreditación de los méritos:

Solo se valorarán los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, de conformidad con el baremo que se indica en las presentes bases. En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados documentalmente tal y como prevén las presentes bases:

— Los méritos relativos a la experiencia profesional se acreditarán, necesariamente, mediante certificado de servicios prestados expedido por el respectivo Ayuntamiento, en el que se deberá hacer constar los servicios prestados que se pretendan hacer valer como experiencia profesional, con indicación expresa de los períodos de tiempo de prestación de los mismos, categoría y funciones desempeñadas.

El Tribunal podrá recabar de los interesados las aclaraciones, o en su caso, documentación adicional que estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de la que aporten los propios interesados para la mejor acreditación de los requisitos y méritos contenidos en la convocatoria.

Tribunal:

Presidente/a:

— D. José Luis Pérez Arriero, Funcionario de Administración Local con Habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, Categoría entrada.

Vocales:

— Primer vocal: D. Alfonso Magaña Ponte, Funcionario de Administración Local con Habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría, Categoría Superior.

— Segundo vocal: Dña. Julia Azañedo Martín, Subdirectora General de Formación Local en el Instituto Nacional de Administración Pública.

— Tercer vocal: Dña. María Isabel Bernal Lizasoain. Coordinadora de la Secretaría General del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

— Cuarto vocal: D. Daniel Alcalde López, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Subescala Intervención-Tesorería, Categoría Entrada.

Secretario/a:

— Dña. María Isabel Bernal Lizasoain. Coordinadora de la Secretaría General del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

9.
Entidad local: Gascones-La Serna del Monte

Puesto de trabajo: Agrupación de Secretaría, clase 3.a.

Subescala/Categoría: Secretaría-Intervención.

NCD/Complemento específico: 26/1.799,94 euros/mensuales.

Méritos específicos: no se requieren.

Tribunal:

Presidente/a:

— Dña. Gema Carmona Laínez, Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría-Intervención

Vocales:

— Primer vocal: D. Francisco Sanjulián Carmona, Técnico de Administración General, Grupo A1.

— Segundo vocal: D. Sergio Robledo González, Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría-Intervención.

Secretario/a:

— D. Sergio Robledo González, Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría-Intervención.

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