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La eliminación, a partir de 2026, del umbral de 3.000 euros para la comunicación de cobros electrónicos a la Agencia Tributaria (AEAT) marca un cambio en el control fiscal de las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) y autónomos en España.

Redactado por Espacio Pyme
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Esta medida, implica que todos los ingresos electrónicos, independientemente de su importe, estarán automáticamente bajo el control de Hacienda. Para las PYMES, este cambio tiene implicaciones directas en su gestión contable, la tesorería y en el cumplimiento normativo.

Desaparece el umbral de los 3.000 euros o los límites anuales de las cuentas

Hasta ahora, la obligación de las entidades financieras de informar a la AEAT sobre cobros de TPV, tarjetas o plataformas como Bizum se activaba solo al superar un límite (el umbral de los 3.000 euros o los límites anuales de las cuentas). A partir de 2026, este filtro desaparece.

La principal consecuencia es que cualquier venta o prestación de servicio cobrada mediante tarjeta de crédito/débito, TPV físico o virtual, o a través de aplicaciones de pago (como Bizum en su uso profesional), será susceptible de ser fiscalizada.

El objetivo de la AEAT es realizar una conciliación automática de datos. El volumen de ingresos electrónicos reportado por los bancos deberá coincidir rigurosamente con el volumen de ventas y el IVA declarado por la PYME. Este cambio impacta especialmente en pequeños comercios y profesionales que reciban múltiples cobros de bajo importe, obligándoles a justificar cada transacción.

Implicaciones en la contabilidad administrativa

Para las PYMES, la nueva normativa exige una disciplina contable y administrativa impecable para evitar requerimientos de información y posibles sanciones.

  • Será crucial que los departamentos contables (o asesorías) realicen una conciliación diaria o semanal entre el extracto bancario de cobros electrónicos y los registros de ventas (cajas o facturas) . Esta verificación debe ser exhaustiva para que los ingresos declarados a Hacienda cuadren con los ingresos reales reportados por las entidades financieras.
  • El uso de plataformas de pago como Bizum debe estar perfectamente documentado. Si se utiliza una cuenta personal para recibir cobros profesionales, el riesgo de inspección y sanción aumenta considerablemente, ya que la AEAT tendrá acceso a la información de esos ingresos sin el anterior umbral.
  • Para las microPYMES que aún manejan parte de su contabilidad de forma manual, la necesidad de asegurar que cada pequeño ingreso electrónico está debidamente contabilizado puede incrementar la carga administrativa y la necesidad de buscar soluciones de gestión automatizadas.
cobros electrónicos
Cobros electrónicos fiscalizados por Hacienda

Recomendaciones de adaptación y mitigación de riesgos

Desde enero, las PYMES deben enfocar su estrategia de cumplimiento fiscal en dos pilares: la tecnología y la organización interna.

  1. Se recomienda encarecidamente la adopción de software de gestión (ERP o programas de facturación) que permitan la integración directa con el TPV y las cuentas bancarias. Esta automatización es la herramienta más eficaz para conciliar de forma rápida los cobros con las ventas y reducir el riesgo de error humano.
  2. Es fundamental que todos los cobros profesionales, independientemente de la plataforma de pago, se reciban exclusivamente en una cuenta bancaria de empresa . Esta separación proporciona una claridad fiscal total y simplifica el proceso de inspección, demostrando que no se mezclan las finanzas personales y corporativas.
  3. Se deben realizar revisiones trimestrales o semestrales con el asesor fiscal para comparar el volumen de ingresos electrónicos (reportado por el banco) con el IVA y el Impuesto de Sociedades/IRPF declarado. Esta revisión proactiva permite la identificación temprana de discrepancias antes de que se conviertan en requerimientos de Hacienda.

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