Noticias Jurídicas


Hacienda entiende que este tipo de transferencias no acreditan el origen de los fondos

(Imagen: BBVA)

En países como España, donde las relaciones familiares tienen mucho peso y se prolongan a lo largo de toda la vida con mucha intensidad, es relativamente frecuente que los padres, abuelos, hijos o nietos, si es necesario, se ayuden económicamente. Esta ayuda muchas veces se canaliza a través de transferencia bancarias o bizums periódicos.

La Inspección de la Agencia Tributaria ha perseguido a beneficiarios de este tipo de transferencia económicas al detectar incrementos patrimoniales en sus cuentas bancarias que no habían sido declarados en sus rentas. Hacienda entendía que este tipo de transferencias no acreditan el origen de los fondos, incluyéndolas por ello en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del beneficiario en concepto de ganancias patrimoniales.

(Imagen: Agencia Tributaria)

Conclusión para evitar las sanciones y la tributación por IRPF es necesario acreditar: (1) origen del dinero; (2) identidad del ordenante; (3) razón por la que se transmite el dinero.

Se informa a nuestros clientes que con motivo de la entrada en vigor del nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos, este Despacho a procedido a adaptar su Policia de Protección Privacidad a la nueva normativa, para lo que cualquier cliente que desee consultar, modificar o anular sus datos de carácter personal cedidos con anterioridad conforme a sus relaciones profesionales con este Despacho, puede remitir su solicitud al correo electrónico info@bermejoialegret.com

ACEPTAR
Aviso de cookies