El caso

Supuesto de hecho.

Madrid, 19-08-2022

El día 19 de agosto de 2022 D. Raúl fue detenido por Agentes de la Policía Nacional por considerar que se encontraba irregularmente en territorio español, y careciendo de documentación que acreditase su estancia legal en nuestro país. Como consecuencia de esa detención se inició el acuerdo de iniciación de expediente de expulsión por el procedimiento preferente en base única y exclusivamente a una supuesta infracción del artículo 53, 1, apartado A) de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social reformada por Ley Orgánica 8/2000 de 22 de diciembre, Ley Orgánica 11/2003, Ley Orgánica 14/2003 y Ley Orgánica 2/2009.

El día 19 de agosto de 2.022, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas se presentó por esta parte escrito de alegaciones, y con fecha 30 de enero de 2.023 se notificó a mi representado, la Resolución de fecha 11 de octubre de 2.022, por la que se acordaba su expulsión de España por un periodo de cinco años. Como consecuencia de aquello se presenta Demanda contencioso administrativa.

Objetivo. Cuestión planteada.

El objetivo del cliente es que se estime el recurso contencioso administrativo y se anule la Resolución administrativa del 11 de octubre de 2022, por la que se acordaba su expulsión de España por un periodo de cinco años.

La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia del abogado es alegar una desproporción de la sanción, así como que la Resolución administrativa no estaba suficientemente motivada.

Peticiones realizadas

Demandante

Que, tenga por presentado este escrito, junto con las copias y documentos que se acompañan, se sirva admitirlo, señalándose día y hora para la celebración de la vista oportuna, y tras los trámites de rigor se dicte en su día Sentencia por la que se proceda a declarar la nulidad del expediente administrativo y su archivo, o subsidiariamente se acuerde la imposición de sanción pecuniaria en lugar de la expulsión solicitada.

Argumentos

Demandante

  • Desproporción de la sanción impuesta ya que la Administración no ha tenido en cuenta la inexistencia de elementos negativos en su caso, así como la existencia de arraigo en España. Estuvo en España entre el año 2000 y el 2004 que fue expulsado y regresó a su país. Regresó a España en 2019 como solicitante de asilo ha trabajado legalmente hasta la denegación de la protección internacional. Tiene familia en España y es padre de un menor de edad. Por el contrario, carece de elementos negativos que tengan valor suficiente frente a dichos datos.
  • La Administración no justifica la prohibición de entrada en territorio nacional durante cinco años, así como que no está motivado el seguimiento del procedimiento preferente en su caso.

Demandada

  • Defiende la adecuación a derecho de la actuación administrativa, insistiendo en la existencia de elementos negativos ya que el recurrente estaba indocumentado en el momento de su detención y no puede acreditar la forma de entrada en España, por lo que se dan los requisitos para su expulsión por estancia legal conforme a la Directiva 2008/115 y jurisprudencia reciente.

 

 

Demanda contencioso administrativa contra la expulsión de residente ilegal por un periodo de cinco años | E&J (economistjurist.es)

 

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