La trabajadora primero comprobaba si los boletos tenían o no premio, y luego, tras la consulta, compraba ella misma los que habían resultado premiados y vendía al público los que no
(Imagen: Correos)
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha confirmado la validez del despido de una directora de oficina de Correos que, teniendo en su poder las funciones de vender y consultar los boletos Rasca de la ONCE se dedicaba a comprobar si los boletos estaban premiados para poder cobrar el premio ella misma. Concretamente, el modus operandi de esta trabajadora era comprobar si los boletos tenían o no premio para posteriormente cobrar los que resultaban premiados y, los que no, venderlos al público.
Correos tuvo conocimiento de los hechos tras realizar una auditoria interna en la oficina en la que la empleada era directora y constatar que, al menos durante siete meses, la venta de los boletos comprobados no se registraba en el sistema hasta después de realizarse la comprobación de si tenían o no premio. Asimismo, cuando un boleto resultaba premiado, primera se cobraba el premio y posteriormente ya se efectuaba su venta.
Según consta en la sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’), la trabajadora venía trabajando para Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos desde el año 2007 como directora de oficina, siendo la única trabajadora en su oficina con perfil para efectuar las consultas y ventas de los boletos Rasca de la ONCE en el sistema IRIS.
La mujer reconoció ante el auditor que había rascado los 28 boletos que se encontraron con la zona de premio rascada, pero aseguraba que sólo lo había realizado durante esa semana, “con plena consciencia de que eso no se puede hacer y con la intención de vendérmelos a mí misma para dejarlos regularizados en el sistema”, se explica en la resolución. Así, la trabajadora procedió a abonar la cantidad correspondiente por la compra de esos 28 boletos rascados para regularizarlos en los sistemas, e igualmente, también abonó el dinero de otro 10 boletos que faltaban por pagar.

(Imagen: Correos)
La venta de los boletos premiados se realizaba después de cobrar el premio
Ante las sospechas de que esa conducta podía haberse dado durante más tiempo al señalado por la trabajadora, el departamento de auditoría realizó una investigación exhaustiva del tratamiento de los boletos tipo Rasca de la ONCE en la oficina en la que la actora era directora. De tal investigación se comprobó que la empleada había realizado desde enero de 2023 hasta el mes de julio de ese año un total de 97 lecturas de boletos de la ONCE, procediendo a la venta de los mismos tras su consulta.
Es decir, la trabajadora antes de vender los boletos primero comprobaba si los boletos tenían o no premio, y después, ya procedía a su venta. Esto era posible porque aunque el boleto no se hubiera vendido aún en el sistema informático, ni se hubiera rascado el área de juego, si se rascaba y dejaba al descubierto la nube de puntos que indica el premio, la actora podía leer y comprobar si el boleto está premiado o no.
De esos 97 boletos consultados por la trabajadora desde enero hasta julio de ese año, 69 de ellos no tenían premio y 28 estaban premiados, ascendiendo el importe total de los premios a 122 euros. El pago de premios en el sistema IRIS de los 28 boletos premiados fue realizado también por la trabajadora, quien registró a través de la aplicación informática HERMES la venta de estos boletos premiados el mismo día del pago del premio o en fechas posteriores a dicho pago —en 10 ocasiones la trabajadora realizó la venta de los boletos en fechas posteriores a la del cobro del premio asociado a los mismos—.
Así, por ejemplo, el día 22 de marzo, la empleada consultó 6 boletos que resultaron no premiados pero que cuya venta se registró después de hacerse la consulta. Igualmente, ese mismo día también consultó otros tres boletos que sí resultaron premiados, y a pesar de que el premio se pagó ese día, la venta de esos tres boletos se registró después. Otro caso que se constato en la auditoría fue el día 8 de mayo, cuando se cobró un premio de 15 euros pero la venta de ese boleto premiado no se realizó hasta el mes de julio. Lo mismo ocurrió en más ocasiones a lo largo de los siguientes meses, en los que a pesar de que se pagaban premios de boletos premiados, la venta de los mismos no se registraba hasta horas, días o incluso meses más tarde.
(Imagen: ONCE)
Cometió una falta disciplinaria continuada de carácter muy grave
Tras finalizar la auditoria, el subdirector de Relaciones Laborales de Correos inició un expediente disciplinario contra la trabajadora por las irregularidades en el tratamiento y/o custodia de los boletos tipo Rasca de la ONCE, y se suspendió provisionalmente de empleo y sueldo a la actora. Ésta, por su parte, negó los hechos que se le imputaban.
Finalmente el director de RRHH de Correos dictó resolución declarando a la actora como autora y responsable de una falta disciplinaria continuada de carácter muy grave conforme a lo dispuesto en el artículo 85, apartado c) del III Convenio Colectivo de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos en relación con los artículos 54.1 y 54.2 d) del Estatuto de los Trabajadores.
En consecuencia, la trabajadora fue sancionada disciplinariamente con el despido.
A pesar de que la empleada acudió a la vía judicial para impugnar la extinción de la relación laboral, tanto el Juzgado de lo Social número 1 de Toledo, como posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha han declarado la procedencia del despido disciplinario, convalidando así la extinción del contrato de trabajo sin derecho a indemnización ni a salarios de tramitación para la trabajadora.
“Se está ante un comportamiento reiterado en el tiempo y por supuesto oculto, ya que no podemos dejar de tener en cuenta que ostentaba el cargo de directora de la oficina y era la única con perfil para efectuar las consultas y ventas de los boletos Rasca de la ONCE en el sistema IRIS”, señala la Sala de lo Social.
