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COVID-19
Resolvemos las preguntas más frecuentes sobre el ejercicio de la actividad en tiempos de coronavirus

Desde que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana nos confirmó el pasado sábado la posibilidad de realizar visitas a inmuebles por parte de los agentes inmobiliarios, tal y como te comunicamos, son muchos los API que nos han trasladado varias dudas.

Para clarificarlas de la forma más comprensible, vamos a resolverlas desde la perspectiva del agente y de sus clientes:

DESDE EL PUNTO DE VISTA DEL AGENTE

¿PUEDO HACER UNA VISITA A UN INMUEBLE QUE ESTÁ EN UN MUNICIPIO DIFERENTE AL MÍO PERO QUE SE ENCUENTRA DENTRO DE LA MISMA REGIÓN SANITARIA?

En este caso, dado que la realización de visitas es un elemento intrínseco a tu profesión como API, entendemos que no debería existir problema, en la medida en que el inmueble a visitar se encuentra dentro de la misma región sanitaria.

En cualquier caso, recuerda tomar todas las medidas de seguridad sanitarias adecuadas y reducir al máximo el número de personas que harán la visita y, en el caso de que esta se deba realizar en un inmueble habitado, evita el contacto con las personas que residen (por ejemplo, haz coincidir la visita con una franja horaria en la que los residentes puedan ir a pasear o hacer deporte para no coincidir todos en el inmueble).

¿PUEDO HACER UNA VISITA A UN INMUEBLE QUE ESTÁ EN OTRA REGIÓN SANITARIA?
De nuevo, nos encontramos ante la misma situación: la realización de visitas es intrínseca a tu profesión y, por tanto, se entiende que se podrían realizar visitas siempre que haya causas que justifiquen este desplazamiento y siempre considerado como un desplazamiento por motivos laborales.

Ahora bien, hay que ser prudentes, utilizar el sentido común a la hora de concertar estas visitas e intentar realizar sólo aquellas que sean estrictamente necesarias y no puedan ser aplazadas por razones de urgencia, más todavía si nos encontramos en zona 0 avanzada (más conocida como 0,5), donde las limitaciones de circulación son más estrictas que en las regiones que se encuentran en Fase 1.

Nuestro consejo es que, si te encuentras en una región sanitaria en Fase 0,5, en la medida de lo posible pospongas la visita hasta que la región sanitaria avance a Fase 1.

DESDE EL PUNTO DE VISTA DEL CLIENTE

¿PUEDE UN CLIENTE CUYO DOMICILIO SE HALLE EN UNA UNIDAD TERRITORIAL O REGIÓN SANITARIA QUE SE ENCUENTRE TODAVÍA EN LA FASE 0 O EN LA FASE 0,5 DESPLAZARSE DEL MISMO PARA VISITAR UNA VIVIENDA O UN LOCAL UBICADOS EN UN MUNICIPIO PERTENECIENTE A LA UNIDAD EN FASE 1?

En este supuesto, el desplazamiento no viene justificado por razones laborales, por lo que a priori, su movilidad debería mantenerse dentro de su municipio, salvo si el servicio o producto no estuviese disponible en su municipio.

Esa salvedad permite aplicar criterios interpretativos flexibles y justificar el desplazamiento si el inmueble a visitar es considerado como aquel producto que el cliente requiere y que se encuentra fuera de su municipio.

Ahora bien, hay que ser prudentes y restringir al máximo visitas con clientes que se encuentren en un municipio distinto de aquel donde radica el inmueble y recomendar el aplazamiento de las mismas, a menos que, por razones de urgencia, resulte estrictamente necesario y, llegado el caso, deberán ser respetadas las medidas de seguridad pertinentes.

¿PUEDE UN CLIENTE CUYO DOMICILIO SE HALLE EN UNA UNIDAD TERRITORIAL O REGIÓN SANITARIA QUE SE ENCUENTRE YA EN LA FASE 1 DESPLAZARSE DEL MISMO PARA VISITAR UNA VIVIENDA O UN LOCAL UBICADOS EN UN MUNICIPIO PERTENECIENTE A LA UNIDAD EN FASE 0 O EN FASE 0,5?

En este supuesto, podemos igualmente aplicar el anterior razonamiento. El inmueble a visitar no se encuentra en su zona territorial, por lo que su desplazamiento podría tener justificación, pudiendo añadir al anterior criterio que en la zona 0 y 0,5 las visitas ya se han autorizado.

Ahora bien, hay que ser prudentes y restringir al máximo visitas con clientes que se encuentren en un municipio distinto de aquel donde radica el inmueble y recomendar el aplazamiento de las mismas, a menos que, por razones de urgencia, resulte estrictamente necesario y, llegado el caso, deberán respetarse las medidas de seguridad pertinentes.

IMPORTANTE:

Como criterio general, ten en cuenta que las recomendaciones de restricción de la movilidad están siempre dirigidas a tratar de limitar al máximo el contacto social para evitar contagios, por lo que aquel que se encuentra en Fase 0 / 0,5 tiene mayor potencial de contagiar que aquel que se encuentra en Fase 1, que, a su vez, corre más riesgo de contagio si se desplaza a la zona 0 / 0,5.

 

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