El propietario del inmueble estará exento de abonar la tasa si así se especificó en el contrato de arrendamiento
(Imagen: E&J)
Salvo que en el contrato de arrendamiento se haya especificado que la tasa de basura la tiene que pagar el arrendatario, es el propietario del inmueble quien la debe pagar, con independencia de que sea el arrendatario el que genera la basura.
Los ayuntamientos reclamarán esta tasa a los propietarios y no a los inquilinos. No obstante, aún en el caso de que en el contrato de alquiler se hubiera previsto que el inquilino se hace cargo del coste de la tasa de basura, en caso de impago, el Ayuntamiento actuaría contra el propietario del inmueble.
Esta controvertida tasa de basuras, que se aplica por mandato de la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular, se paga una sola vez al año y se aplica en todos los municipios españoles que tengan más de 5.000 habitantes.
No obstante, como se ha publicado recientemente en este medio (Basuras Madrid rectifica, pero no devuelve el dinero; El importe de la nueva tasa de basuras infringe el artículo 24 de la LRHL: solo tendrán opción a recuperar el importe los que recurran; y Formas para recurrir las nuevas tasas de basuras), probablemente esta tasa será recurrida por muchos ciudadanos de diferentes municipios, pues su aplicación, en especial el sistema de cálculo del importe de la tasa empleado por muchos ayuntamientos, infringe diversas normas.
