Resolución de 17 de octubre de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2026
Noticia 29-10-2025 ElDerecho.com/Europa Press
El Boletín Oficial del Estado publica la resolución que aprueba el calendario laboral de 2026, con nueve días festivos de ámbito nacional y la posibilidad de que las comunidades autónomas realicen ajustes según sus tradiciones.
El calendario laboral de 2026 recoge un total de nueve festivos comunes para todo el territorio español, manteniendo la misma cifra que en el año anterior. Así lo establece la resolución de la Dirección General de Trabajo, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que determina las fiestas laborales de carácter nacional, autonómico y local.
Los festivos que se celebran en toda España durante 2026 son los siguientes: jueves 1 de enero (Año Nuevo), martes 6 de enero (Epifanía del Señor), viernes 3 de abril (Viernes Santo), viernes 1 de mayo (Fiesta del Trabajo), sábado 15 de agosto (Asunción de la Virgen), lunes 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), domingo 1 de noviembre (Todos los Santos), martes 8 de diciembre (Inmaculada Concepción) y viernes 25 de diciembre (Navidad).
Estas fechas configuran el bloque de festivos nacionales no sustituibles, que las comunidades autónomas deben respetar en sus calendarios laborales. No obstante, el ordenamiento permite a las autonomías trasladar determinados festivos o sustituir otros según sus costumbres locales.
Entre los festivos desplazables figura el Jueves Santo (2 de abril), que será día no laborable en todas las comunidades salvo Cataluña y la Comunidad Valenciana. En cambio, todas las regiones optan por mantener la festividad del Día de Reyes (6 de enero).
Las comunidades autónomas conservan la facultad de sustituir el descanso del lunes siguiente cuando una fiesta nacional coincide en domingo, o de incluir celebraciones tradicionales como San José (19 de marzo) o Santiago Apóstol (25 de julio).
De acuerdo con la resolución, el 2 de noviembre (día siguiente a Todos los Santos) será festivo en Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Comunidad de Madrid y Navarra. Por su parte, el 7 de diciembre (día siguiente al Día de la Constitución) será no laborable en Andalucía, Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, La Rioja y Melilla.
En Baleares, el Día de las Islas Baleares (1 de marzo) se trasladará al lunes 2 de marzo, manteniendo su carácter autonómico.
El año 2026 contará con un total de 14 días festivos: 12 de ámbito nacional y autonómico y 2 locales, fijados por cada ayuntamiento.
Fines de semana largos y puentes destacados
El calendario de 2026 permitirá a los trabajadores disfrutar de varios fines de semana largos. En todas las comunidades se garantizan al menos cuatro: 3 de abril (Viernes Santo), 1 de mayo (Fiesta del Trabajo), 12 de octubre (Fiesta Nacional de España) y 25 de diciembre (Navidad).
Las comunidades que incluyen el Jueves Santo (2 de abril) dispondrán de un puente de cuatro días, mientras que en Baleares, Castilla-La Mancha, Cataluña, Navarra, País Vasco, La Rioja y Comunidad Valenciana el descanso se ampliará a cinco días, ya que se ha declarado también festivo el lunes de Pascua (6 de abril).
Además, el hecho de que la Epifanía del Señor (6 de enero) caiga en martes permitirá a muchos trabajadores prolongar el descanso si pueden disponer del lunes libre, generando un nuevo puente a comienzos de año.
En conjunto, el calendario de 2026 combina festividades nacionales inamovibles con la flexibilidad de las comunidades autónomas, garantizando un reparto equilibrado entre días festivos y actividad laboral a lo largo del año.
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