Estima por unanimidad el recurso interpuesto contra el acuerdo de la presidencia del TSJ de Cataluña que denegó la licencia
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha reconocido a una magistrada destinada en Cataluña la licencia por riesgo durante la lactancia natural hasta que su hija, diagnosticada con PEG (pequeña para edad gestacional) y con recomendación pediátrica de lactancia materna exclusiva a demanda, cumpla los nueve meses de edad.
Lactancia natural

 

El órgano de gobierno de los jueces ha estimado por unanimidad el recurso de alzada interpuesto por la magistrada contra el acuerdo de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que denegó la licencia al considerar viables las medidas de adaptación del puesto de trabajo recomendadas por el Servicio de Prevención de Riesgos -exclusión de guardias y trabajo nocturno, limitación de jornadas consecutivas a un máximo de cinco días, flexibilidad horaria y pausas para extracción de leche, exclusión del plan de sustituciones y uso de despacho privado y frigorífico para la conservación de la leche extraída-, considerando innecesaria la suspensión de funciones prevista en el artículo 26.4 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, y en el artículo 93 del Reglamento del Mutualismo Judicial.

Al analizar la impugnación, el Pleno ha considerado que el acuerdo denegatorio carecía de motivación individualizada suficiente y no ponderaba adecuadamente la situación médica específica de la menor, por lo que ha acordado estimar el recurso.

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