El Pleno tomó en consideración ayer martes la proposición de ley del Grupo Socialista relativa al impulso de la inclusión laboral de las personas con discapacidad a través de la cuota de reserva de empleo en las empresas.

El texto señala en su exposición de motivos que su objetivo es “avanzar hacia el pleno cumplimiento de la reserva de empleo para las personas con discapacidad” endureciendo “la calificación de la infracción por incumplimiento de la obligación legal de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad, para que pase de grave a muy grave, con todas las consecuencias derivadas de ello”.
Además, añade que se pretende “introducir entre los supuestos excluidos del acceso a subvenciones a las empresas que hayan sido sancionadas en sede administrativa por infracción consistente en el incumplimiento de la cuota de reserva de empleo para las personas con discapacidad”.
Para ello, la proposición de ley plantea suprimir el apartado 3 del artículo 15 y modificar el el artículo 16 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Ese punto 16 añadiría una nueva letra al apartado 1, que catalogaría como infracciones muy graves “el incumplimiento en materia de inclusión laboral de personas con discapacidad de la obligación legal de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad, o de la aplicación de sus medidas alternativas de carácter excepcional”.
El texto también modifica el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para añadir la letra k) al apartado 2, que queda redactado como: “haber sido sancionados en sede administrativa mediante resolución administrativa firme por infracción laboral muy grave, tipificada en la letra”
Además, se introducen dos nuevas disposiciones adicionales que regulan las campañas de difusión y toma de conciencia sobre inclusión laboral de las personas con discapacidad y las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Tramitación parlamentaria
Al haber superado el debate de toma en consideración, la proposición de ley se remitirá a la comisión competente y se abrirá el correspondiente plazo de presentación de enmiendas a la totalidad y al articulado, como fija el artículo 126.5 del Reglamento del Congreso.
En el caso de que se presentaran enmiendas a la totalidad, que solo pueden ser de texto alternativo, se celebrará el debate de totalidad. Una vez celebrado el debate, y si dichas enmiendas son rechazadas, la iniciativa continuará su tramitación en el Congreso. Si la iniciativa resulta aprobada por la Cámara Baja, se remitirá al Senado para continuar su tramitación parlamentaria.