Novedades 26 junio 2019

FISCAL

Plazo de ingreso de los recibos del IAE

Si su empresa está obligada a pagar el IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas), recuerde que dicho impuesto:
• Puede tener el carácter de municipal, en cuyo caso quien se encarga de su gestión y recaudación suele ser el Ayuntamiento o la Diputación.
• O bien puede ser provincial o nacional, en cuyo caso es la AEAT quien realiza su gestión.
Pues bien, si satisface cuotas provinciales o nacionales, sepa que recientemente se ha modificado el plazo de ingreso en período voluntario de las cuotas correspondientes al ejercicio 2019, que ahora deberá realizarse desde el día 16 de septiembre hasta el día 20 de noviembre de 2019 (ambos incluidos).
Pulse aquí para acceder a la resolución que establece el plazo de ingreso indicado.
En caso de que no reciba la carta de pago o que ésta se extravíe, su empresa deberá efectuar el ingreso con un duplicado, que podrá recoger:
• En caso de cuota nacional, en la Delegación o Administraciones de la AEAT correspondientes a la provincia en la que esté situado su domicilio fiscal.
• En caso de cuota provincial, en la Delegación o Administraciones de la AEAT correspondientes a la provincia del domicilio donde realice su actividad.
Aunque no reciba la carta de pago, su empresa sigue obligada a realizar el pago en las fechas indicadas (al tratarse de un impuesto que se recauda por recibo, Hacienda no está obligada a notificárselo de forma fehaciente cada año). Si no lo paga o se retrasa, Hacienda le exigirá los correspondientes recargos de apremio.

 

Prestación por maternidad: novedades

 

Cuando una madre o un padre trabajadores tienen un hijo, pueden reclamar a la Seguridad Social una prestación por “maternidad” y paternidad”. Hasta hace poco, Hacienda consideraba que dichos ingresos tributaban en IRPF. No obstante, a finales del 2018 los tribunales obligaron a Hacienda a cambiar su criterio:
• Dichos ingresos están exentos de tributar y los beneficiarios no deben declararlos en su IRPF.
• Quienes tributaron por ellos en años no prescritos (entre 2014 y 2017), pueden solicitar, a través de un formulario disponible en la web de la AEAT, la devolución del IRPF pagado en exceso.
No obstante, hay contribuyentes que en su día reclamaron la devolución de lo que habían tributado y obtuvieron una respuesta negativa (porque en dicho momento los tribunales todavía no habían obligado a Hacienda a cambiar su postura). Y si no reclamaron contra la denegación, ésta ya se ha convertido en firme y, en teoría ya no pueden reclamar nada.
Pues bien, estos contribuyentes también pueden reclamar la devolución siempre que no hayan transcurrido más de cuatro años desde la notificación de la resolución desestimatoria que puso fin al procedimiento. Por ejemplo, si usted tributó por la prestación de maternidad en 2011 y a principios de 2013 solicitó la devolución, recibiendo una respuesta negativa el 2 de diciembre de 2015, dispone hasta el 2 de diciembre de 2019 para presentar una escrito en la AEAT y solicitar la devolución del IRPF de 2011.
Pulse aquí para acceder a la nota de la AEAT.

 

LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL

 

 

Criterio técnico de la Inspección sobre el registro de jornada

 

Recientemente se ha publicado el criterio técnico sobre la actuación de la Inspección de Trabajo en materia de registro de jornada.
El documento tiene por objeto fijar criterios para la realización de las actuaciones inspectoras que se efectúen en materia de registro de jornada. Vea algunas de las cuestiones que se indican:
• El registro de la jornada debe ser diario. A estos efectos, no es válido disponer únicamente del horario general aplicable en la empresa, el calendario laboral o los cuadrantes horarios.
• Aparte de llevar el registro de jornada de los empleados a jornada completa, también se debe llevar un registro diario de los contratos a tiempo parcial y un registro con las horas extraordinarias realizadas. A estos efectos, el registro de jornada de los empleados a jornada completa se puede utilizar para cumplir con la obligación de registro de las horas extras. Además, se debe informar mensualmente a los representantes de los trabajadores de las horas extras realizadas, cualquiera que sea su forma de compensación.
• El registro de la jornada debe permanecer a disposición de los trabajadores, de sus representantes y de la Inspección. Esto significa que debe ser posible acceder a dichos registros en cualquier momento cuando así sea solicitado por los trabajadores, por sus representantes y por la Inspección; y que los registros tienen que estar y permanecer físicamente en el centro de trabajo o ser accesibles desde éste de manera inmediata. Por ejemplo, si su empresa lleva el registro de jornada de forma manual (con un documento firmado por sus trabajadores), puede escanear los documentos en su ordenador para que su acceso posterior sea más sencillo. En todo caso, la permanencia a disposición no implica la obligación de entregar copias.
Pulse aquí para acceder al texto completo del criterio técnico de la Inspección.

 

MERCANTIL

 

 

Cambios en materia de hipotecas

 

Desde el pasado 16 de junio está en vigor una nueva ley sobre los contratos de crédito inmobiliario, que introduce cambios en materia de hipotecas. Algunos de los cambios son éstos:
• Información. Además de la información que debe entregar el banco al cliente, éste debe comparecer ante el notario que elija antes de la firma de la escritura para obtener asesoramiento. El notario levantará un acta acreditando que el cliente ha recibido la información que exige la ley y el asesoramiento del notario. Esa acta no devenga arancel notarial, y es necesaria para inscribir la hipoteca.
• Ventas. Como regla general, se prohíbe que el banco obligue al cliente a contratar otros productos para concederle la hipoteca, pero con excepciones (por ejemplo, el banco puede exigir un seguro de daños sobre la vivienda, aunque tiene que aceptar que se contrate con otra aseguradora que ofrezca condiciones equivalentes). Sí se permite que el banco ofrezca mejoras en las condiciones del préstamo si el cliente contrata voluntariamente determinados productos.
• Gastos. Respecto a los gastos de constitución de la hipoteca, el cliente sólo deberá pagar la tasación, y el banco los gastos de notario, registro y gestoría, así como el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
Pulse aquí para acceder al texto completo de la norma.

 

AYUDAS Y SUBVENCIONES

 

 

 

Período 13/06/2019 a 26/06/2019

Se han publicado ayudas y subvenciones para pymes y autónomos en:
• Estado.
• CCAA: Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Cataluña, Galicia, Illes Balears, Madrid; Melilla, Murcia, Navarra y País Vasco.
• Provincias: A Coruña, Bizkaia, Cáceres, Castellón, Córdoba, Gipuzkoa, Gran Canaria, Jaén, La Palma, León, Menorca, Pontevedra, Sevilla, Tenerife, Valencia y Valladolid.

 

 

 

 

 

 

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