Novedades fiscales
Opción por el régimen de devolución mensual de IVA
Recuerde que durante el mes de noviembre su empresa puede optar por acogerse al régimen de devolución mensual de IVA a partir del año que viene. Para ello debe cumplir los siguientes requisitos:Debe solicitar su inscripción mediante la presentación de un modelo 036 de declaración censal. En concreto, deberá marcar la casilla 129:
• «Solicitud de inscripción / baja en el registro de devolución mensual».
• Debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
• No debe realizar actividades que tributen en el régimen simplificado.
Si se acoge al régimen de devolución mensual, podrá obtener la devolución del IVA que resulte a su favor a final de cada mes.

En noviembre: modelo 232
Recuerde que durante el mes de noviembre debe presentarse el modelo 232, «Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales». Dicho modelo debe presentarse en el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del período impositivo (por tanto, en el mes de noviembre, si el ejercicio de la empresa coincide con el año natural).
En dicho modelo las empresas deben informar sobre las siguientes operaciones vinculadas:
• Las realizadas con una misma entidad que en conjunto superen los 250.000 euros.
• Las consideradas “específicas” con un importe conjunto superior a 100.000 euros (ventas de inmuebles, participaciones, etc.).
• Las operaciones del mismo tipo y método de valoración, sea cual sea su importe, si en conjunto exceden del 50% de la cifra de negocios.
Asimismo, también deben incluirse en el modelo 232 :
• El detalle de las operaciones realizadas con paraísos fiscales.
• Las operaciones vinculadas en las que se haya aplicado la reducción por «patent box».
Pulse aquí para acceder al apartado de la web de la AEAT desde el que presentar y obtener más información sobre el modelo 232.
Novedades laborales
En noviembre: bonificaciones para fijos discontinuos
Si su empresa se dedica al turismo, o al comercio o a la hostelería vinculados al turismo (por ejemplo, tiene una tienda de regalos o un bar en una zona turística), puede aplicar una bonificación en las cotizaciones de noviembre de sus empleados fijos discontinuos. En concreto, existe una bonificación del 50% de las cuotas (salvo por accidentes de trabajo) de aquellos fijos discontinuos que presten sus servicios en febrero, marzo y noviembre. Es decir, el incentivo se aplica sólo en esos tres meses.
Por ejemplo, si tiene 15 trabajadores y 10 de ellos son fijos discontinuos cuya base de cotización media es de 1.600 euros, la bonificación que podrá aplicar en noviembre será de 2.392 euros (1.600 euros x 10 trabajadores x 29,90% x 50%).

Relación de fiestas laborales de 2019
El 20 de octubre pasado se publicó en el Boletín Oficial del Estado la relación de fiestas laborales para el año 2019.
Dicho calendario recoge las festividades comunicadas por las comunidades autónomas y las de carácter nacional, festividades que tienen naturaleza de retribuidas y no recuperables.
Pulse aquí para acceder a la resolución por la que se publica la relación de fiestas laborales para 2019.

Últimas ayudas y subvenciones
En el período comprendido entre el 25 de octubre y el 13 de noviembre, se han publicado las siguientes ayudas y subvenciones para empresas, pymes y autónomos:
• Estatales:
Ayudas / subvenciones Plazo solicitud Texto completo Guía
• Ayudas destinadas a la prevención de riesgos y seguridad minera, en el ámbito de una minería sostenible, de las actividades mineras no energéticas (BOE 27/10/2018) Hasta 27/11/2018 Consultar
Ver
• Autonómicas ( Ver).
• Provinciales: ( Ver).

 

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