Entre la documentación difundida hay un texto manuscrito sobre la existencia de una supuesta campaña de desinformación contra el rey Juan Carlos que ha despertado particular interés
(Imagen: RTVE)
El problema de la atribución en documentos de inteligencia
La reciente desclasificación de 153 unidades documentales relativas al intento de golpe de Estado del 23 de febrero de 1981 ha reabierto debates historiográficos que muchos consideraban zanjados. Entre la documentación difundida por el Gobierno, un texto manuscrito sin firma ni sello que identifique su procedencia ha despertado particular interés. Este documento recoge la existencia de una supuesta campaña de desinformación contra el rey Juan Carlos I, atribuyendo a los abogados de los implicados la estrategia de difundir rumores como la existencia de un avión preparado para la huida del monarca o el envío de sus hijos a Inglaterra con anterioridad a los hechos. La ausencia de signos externos de autenticación en este papel plantea interrogantes que conviene examinar con la debida distancia analítica, evitando tanto la fascinación por el misterio como la descalificación apresurada.
Debe tenerse presente que los archivos de inteligencia y contrainteligencia operan con lógicas distintas a las de la administración ordinaria. Cuando un funcionario policial o militar elabora una nota informativa, un informe de vigilancia o una transcripción de conversaciones interceptadas, la prioridad radica en la inmediatez del dato y en su utilidad operativa, no en la formalización jurídica propia de los documentos públicos. La firma y el sello, elementos centrales en la teoría general del acto administrativo para garantizar la autenticidad y la responsabilidad, adquieren en este contexto una función secundaria. Ello no implica que carezcan de relevancia, sino que su ausencia no puede interpretarse automáticamente como indicio de falsedad o de falta de fiabilidad.
La naturaleza de los borradores y la lógica conspirativa
El documento que atribuye a una estrategia defensiva la campaña contra la Corona presenta características formales que lo acercan más a un borrador o a una nota de trabajo que a un informe definitivo. Esta condición, lejos de restarle valor, lo sitúa en una categoría documental frecuente en los archivos de los servicios de información. Los analistas elaboran continuamente hipótesis, conectan datos dispersos y construyen narrativas provisionales que luego son contrastadas, completadas o descartadas. La ausencia de rúbrica en este caso particular resulta especialmente comprensible si se atiende a la naturaleza de los hechos que relata: la supuesta maniobra de los defensores de los golpistas para desviar la atención hacia la figura del rey.
Entiendo que carecería de sentido esperar que un grupo de sediciosos o rebeldes firmara y sellara sus documentos conspirativos. La lógica de la clandestinidad, de la operación encubierta y de la protección de los participantes exige precisamente lo contrario: la eliminación de huellas identificativas, la utilización de medios informales y la circulación restringida de los textos. Cuando el Centro Superior de Información de la Defensa o la Brigada de Información del Ministerio del Interior elaboraban sus informes sobre las actividades de los implicados en el 23-F, reproducían frecuentemente contenidos provenientes de fuentes humanas, interceptaciones telefónicas o vigilancias encubiertas. Estos datos llegaban a los archivos oficiales a través de cadenas de transmisión que diluían la autoría original, no por oscurantismo, sino por necesidad operativa.
La transcripción de las conversaciones de la esposa de Tejero, donde se refiere a su marido como tonto y desgraciado, ilustra esta dinámica. El documento carece de firma identificable, pero su contenido responde a procedimientos técnicos de grabación y registro cuya fiabilidad puede verificarse por otros medios. De manera similar, el informe sobre la participación de seis agentes de la Agrupación Operativa de Misiones Especiales en el golpe, aunque sin fecha ni firma, contiene datos verosímiles sobre la distribución de emisores, receptores y vehículos que resultan contrastables con el relato procesal posterior.
Discurso de Juan Carlos I en el acto de su coronación. (Imagen: RTVE)
La cadena de custodia como garantía sustitutiva
En ausencia de firmas y sellos, la trazabilidad de los documentos desclasificados depende de mecanismos alternativos que el Derecho administrativo ha desarrollado para situaciones excepcionales. La cadena de custodia, procedimiento habitual en la gestión de pruebas penales, resulta aplicable por analogía a estos archivos. Los documentos del 23-F han permanecido durante más de cuatro décadas en depósitos controlados de los ministerios de Defensa, Interior y Exteriores, sometidos a protocolos de acceso restringido que garantizan su integridad física. La desclasificación aprobada por el Consejo de Ministros el 24 de febrero de 2026 y publicada en el Boletín Oficial del Estado al día siguiente constituye el acto administrativo que legitima su salida al dominio público, independientemente de las formalidades internas de cada pieza documental.
Hay que reseñar que la Ley de Secretos Oficiales de 1968, vigente en el momento de la clasificación de estos papeles, no establecía requisitos formales específicos para la documentación reservada de los servicios de inteligencia. La normativa preconstitucional, heredada del franquismo, confería amplia discrecionalidad a los órganos competentes para determinar qué información merecía protección y en qué términos. Esta laxitud formal, criticable desde la perspectiva de los estándares democráticos actuales, explica que buena parte de la documentación desclasificada presente carencias aparentes de autenticación que no afectan, sin embargo, a su valor probatorio o informativo.
El proyecto de ley de información clasificada actualmente en tramitación parlamentaria pretende precisamente superar este marco, estableciendo plazos máximos de reserva, procedimientos de revisión periódica y criterios objetivos de desclasificación. La expectativa del ministro de Cultura de que España se aproxime a los estándares del siglo XXI en esta materia sugiere que futuras generaciones de investigadores contarán con instrumentos más robustos para evaluar la autenticidad y la procedencia de los documentos reservados.
El contenido como criterio de credibilidad
La ausencia de firma en el documento sobre la campaña contra el rey invita a examinar su contenido como principal indicio de fiabilidad. El texto atribuye a los abogados de los implicados la estrategia de difundir rumores malintencionados para disminuir la responsabilidad de sus defendidos y cuenta con el apoyo de simpatizantes de la causa. Esta hipótesis, aunque no pueda verificarse de forma independiente con los datos actualmente disponibles, resulta coherente con las tácticas defensivas habituales en procesos de relevancia política. La práctica de desviar la atención hacia terceros, de cuestionar la legitimidad de la investigación o de construir narrativas alternativas forma parte del repertorio de cualquier estrategia procesal sofisticada.
El documento manuscrito que recoge las conclusiones de los mandos militares tras el fracaso del golpe, donde se señala como error haber dejado al Borbón libre y tratarle como caballero, presenta características similares. Carece de identificación formal del autor, pero su contenido responde a una lógica interna comprensible: la frustración de los conspiradores ante la capacidad de maniobra del monarca, la percepción de que la cortesía mostrada fue interpretada como debilidad, la necesidad de explicar el fracaso atribuyéndolo a errores tácticos evitables. Estas reflexiones, aunque no constituyan confesión judicial, aportan elementos valiosos para la reconstrucción de la mentalidad de los implicados.
Considero que la metodología historiográfica debe privilegiar el análisis interno de los documentos sobre la exigencia de formalidades externas que, en el contexto de la información clasificada, resultan frecuentemente impracticables. La correspondencia diplomática desclasificada, donde figuran los telegramas de felicitación al rey Juan Carlos I procedentes de Estados Unidos, Alemania o el Reino Unido, sí presenta los requisitos formales propios de la comunicación entre Estados. Sin embargo, su valor para el conocimiento del 23-F es complementario, no sustitutivo, de la documentación operativa generada en el interior de los aparatos de seguridad españoles.
Imagen del documento desclasificado sobre entrevistas de S.M el Rey con militares implicados en el 23-F (5 de febrero de 1982). (Imagen: RTVE)
La distribución de la responsabilidad documental
La dispersión de los archivos del 23-F entre tres ministerios distintos —Defensa, Interior y Exteriores— refleja la fragmentación del poder en el momento de los hechos y condiciona la trazabilidad de la documentación. Cada departamento mantenía sus propios protocolos de registro, sus criterios de clasificación y sus circuitos de distribución interna. La unificación de criterios descriptivos y de acceso, anunciada por el Gobierno como parte del proceso de desclasificación, representa un esfuerzo de ordenación posterior que no puede ocultar la heterogeneidad originaria de los fondos.
El informe del Cesid sobre la participación de agentes de la Agrupación Operativa de Misiones Especiales ilustra esta complejidad. El documento, sin fecha ni firma, atribuye conocimiento previo de los hechos a cuatro miembros de la unidad e indicios de tal conocimiento al comandante José Cortina. La precisión de los datos —nombres, grados, funciones específicas— sugiere una fuente interna bien informada, probablemente un informe de autoevaluación del servicio. La ausencia de formalidades externas no impide que el contenido haya sido corroborado, al menos parcialmente, por la condena del capitán Gómez Iglesias y la absolución de Cortina en el proceso judicial posterior.
Asumo que esta distribución de la responsabilidad documental entre múltiples organismos dificulta la reconstrucción de la cadena de custodia completa. Los investigadores deben contentarse con constatar que los documentos provienen de archivos oficiales cuya integridad ha sido preservada durante décadas, sin poder determinar en todos los casos quién los originó ni en qué circunstancias exactas. Esta limitación metodológica, inherente al trabajo con fuentes de inteligencia, debe asumirse con rigor epistemológico, evitando tanto la credulidad acrítica como el escepticismo sistemático.
Conclusión: hacia una cultura de la transparencia
La desclasificación de los documentos del 23-F constituye un avance significativo en la consolidación de una cultura de la transparencia en España, aunque su efectividad dependerá de la capacidad de los investigadores para contextualizar adecuadamente los materiales disponibles. La ausencia de firmas y sellos en buena parte de la documentación no debe interpretarse como déficit de fiabilidad, sino como característica propia de un tipo de producción escrita regida por imperativos distintos a los de la administración ordinaria.
Ello me obliga a deducir que el valor de estos archivos reside menos en su capacidad de probar hechos concretos que en su potencial para iluminar las lógicas de actuación de los aparatos de seguridad, las dinámicas de la conspiración militar y las estrategias de defensa de los implicados. El documento sin firma sobre la campaña contra el rey, leído desde esta perspectiva, aporta indicios sobre cómo los servicios de información percibían y analizaban los intentos de manipulación de la opinión pública, independientemente de que esas percepciones fueran acertadas o no.
La tramitación de la nueva ley de información clasificada ofrece la oportunidad de establecer estándares más exigentes para la documentación futura, sin que ello suponga proyectar anacrónicamente esos estándares sobre el pasado. Los archivos del 23-F deben valorarse en el marco de su época, comprendiendo que la informalidad de sus formas respondía a la urgencia de los acontecimientos y a la naturaleza clandestina de buena parte de la información recogida. Solo desde esta comprensión contextual podrán extraerse conclusiones válidas para el conocimiento histórico de uno de los episodios más dramáticos de la transición española.
